CONTROL DE RUIDO
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Diferencias entre ventanas abatibles y corredizas
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El presente ejercicio se llevo a cabo en un departamento en la Ciudad de México, en una zona determinada como residencial sin embargo debido a la alta contaminación auditiva los niveles presentados de ruido de la calle son similares a los establecidos como zona comercial
Ventanas corredizas: En esta prueba en el mismo inmueble se observa la reducción de decibeles con un cambio de ventana de la línea Cuprum y con cristal de control de ruido.
Ventanas Corredizas: En el mismo inmueble se fabrico una ventana corrediza con el cristal de control de ruido observándose que debido al proceso de fabricación de la ventana la reducción de decibeles en menor.
En la misma ventana abatible con un recubrimiento en los cristales se obtiene una reducción de 4 decibeles adicionales.

La Norma Oficial Mexicana NOM-081 Semarnat 1994. Establece que para las zonas residenciales los niveles permitidos de sonido decibeles db son: ZONAS RESIDENCIALES 55 decibeles de las 6.00 a 22.00 hrs 50 decibeles de las 22.00 a 6.00 hrs. ZONAS COMERCIALES 68 decibeles de las 6.00 a 22.00 hrs 65 decibeles de las 22.00 a 6.00 hrs. NOTA: En lugares de trafico Intenso de han llegado a detectar 90 decibeles. Se ha demostrado que para poder alcanzar un descanso el cuerpo necesita un ambiente entre 25 y 35 decibeles. Desafortunadamente la protección en los cristales en algunos casos no es el único medio por el que penetra el ruido, asi mismo la estructura de los inmuebles afecta de manera importante. |